Ya que recién el martes 20 de mayo se pudo tener acceso nuevamente
a los antecedentes del edificio que se desarrolla en Diego de Almagro con
Coventry, para despejar las dudas de los vecinos sobre el estudio de sombras.
Una vez con el expediente
se procedió a revisar en detalle el estudio de sombras, detectando al
menos las siguientes situaciones no apegadas a la normativa vigente sobre la
elaboración de estudios de sombra, que afecta a los vecinos situados al lado
Oriente, SUR y Poniente del edificio en construcción:
- La forma de presentar el Estudio de Sombra, no cumple el Artículo 2.6.14 de la OGUC, dificultando la labor de comparación entre la presentación del Volumen Teórico y el Proyecto.
- En el Estudio de Sombras el proyecto no sigue las mismas reglas del volumen teórico, como lo solicita expresamente el Artículo 2.6.14, en su punto 2, para poder calcular y comparar las sombras.
- Se Calculan las sombras del volumen teórico asumiendo adosamientos cuando el proyecto no lo contempla, además de estar contra lo establecido en la OGUC en su Artículo 2.6.14, en su punto 2, donde indica: “Al costado derecho se ubicará la planta del proyecto siguiendo las mismas reglas”. No considera la interpretación que hizo la División de Desarrollo Urbano hace 5 años y que sigue vigente, en su circular específica Nº8 de 2009, indica que sólo se pueden incluir los adosamientos cuando el proyecto así lo contempla, de manera que la comparación de las superficies de sombra sea concordante con dicho proyecto.
- Las medidas de la sombra del proyecto no contempla el techo del último balcón que sobresale de la edificación, entre uno y 1,5 metros, entonces la sombra del proyecto debiera contabilizarse desde ese vértice y contabilizar dichas proyecciones.
- No está presentada la solución del sexto piso.
Para revisar el detalle de la presentación formal al DOM con
fotografías que evidencian las situaciones detectadas del estudio de sombras
hacer click aquí.