lunes, 13 de febrero de 2017

Nuevos delitos en el barrio, ahora robo cajero automático por saturación por gas




Durante la madrugada del domingo 5 de febrero de 2016, utilizaron el método de la saturación por gas, robaron cajero automático en Ñuñoa en la sucursal bancaria del Banco Santander, ubicada en Avenida Tobalaba con la calle Hamburgo.
Además dejaron miguelitos unidos con cadenas.
Producto del nuevo tipo de comercio que ha llegado a un barrio que antes era netamente residencial, están surgiendo nuevos delitos, la noche del Sábado 4/feb al 5/feb por saturación con gas se robó el cajero automático de la sucursal del Banco Santander, que se instaló en un strip-center en la intersección de Tobalaba con Hamburgo.

Al Municipio de Ñuñoa se lo están diciendo hasta por Twitter: INVALIDEN LOS PERMISOS MAL OTORGADOS



Sólo opiniones positivas encontró en la comunidad de Ñuñoa, que el SEREMI del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, dejara en claro ahora por Twitter al Alcalde de Ñuñoa que debía proceder a invalidar aquellos permisos mal otorgados.
A propósito de la actitud que tomó el nuevo Alcalde de Valparaíso, de cuestionar los permisos mal otorgados por su Dirección de Obras, el SEREMI de la Región Metropolitana comentó:
igual actitud podría asumir alcalde de Ñuñoa ante 9 proyectos objetados por Seremi Minvu y remitidos a Contraloría
Twiteo completo ampliando imagen
Nuestra organización permanentemente ha estado solicitando lo mismo y es de la misma opinión, recordemos que el 6 de diciembre de 2016, a propósito de otra sentencia favorable de los Tribunales, preguntamos:
A estas alturas nos hacemos las siguientes preguntas que esperamos pronto sean contestadas:
1.- ¿Por qué el Director de Obras no invalida actos manifiestamente ilegales, como ya se lo ha señalado reiteradamente su propio superior jerárquico (SEREMI) y prefiere que sean invalidado por la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago o la Corte Suprema?, obligando a los contribuyentes de Ñuñoa a financiar juicios de su propio bolsillo y a su vez generando gastos innecesarios del patrimonio Municipal. 
2.- ¿Por qué el Sr. Alcalde no actúa en favor de los reclamantes de una vez por todas?
La única diferencia que tenemos con el SEREMI es con la cantidad de proyectos, pues recordemos que el SEREMI en enero del 2016 denunció a Contraloría 7 proyectos ayudados por nuestra organización ante el nulo acuse de recibo del DOM (ver los 7 proyectos haciendo click aquí), en el intertanto se han agregado, ayudados por nuestra organización otros 7 proyectos y anteproyectos aprobados, nuevamente ante la nula acción del DOM:

  1. Oficio N⁰ 5161 de fecha 11 de Octubre de 2016, del SEREMI al DOM de Ñuñoa, por el anteproyecto de Pedro Torres 1278, donde le indica que en la revisión de los antecedentes no se encontró copia de comprobante de ingreso de las respuestas a las observaciones en la DOM, no pudiendo verificarse que las observaciones se realizaron dentro del plazo legal de 60 días corridos, en todo caso queda de manifiesto que a la fecha del oficio todavía no se habían solucionado las observaciones relativas al estudio de sombras, pues así lo indica en la letra d) de dicho oficio.
  2. Dictamen N⁰ 074226 de fecha 7 de Octubre de 2016 de la Contraloría General de la República, donde se informa al Alcalde de Ñuñoa que la CGR acogió la solicitud del SEREMI para incoar un sumario administrativo a fin de determinar las responsabilidades de los funcionarios de esa entidad edilicia que hubieren intervenido en los hechos descritos. Entre los hechos descritos, en el primer párrafo de la página 6 del dictamen se encuentra lo relativo al permiso de edificación N⁰469 de 2015, correspondiente al edificio Viena I (Derrumbe) en la esquina de Diego de Almagro con La Giralda, donde se concluye que el otorgamiento de este permiso no se ajustó a derecho. Oficio N⁰ 429 de fecha 25 de Enero de 2017, del SEREMI al DOM de Ñuñoa, por el permiso del edificio Viena I (Derrumbe), donde le indica que analizados los informes de la DOM y las medidas adoptadas, incluyendo un Recurso de Reposición y Jerárquico en subsidio, esa SEREMI reitera en todos sus términos las objeciones del Oficio N⁰ 3978 del 03.08.2016.
  3. Dictamen N⁰ 074226 de fecha 7 de Octubre de 2016 de la Contraloría General de la República, donde se informa al Alcalde de Ñuñoa que la CGR acogió la solicitud del SEREMI para incoar un sumario administrativo a fin de determinar las responsabilidades de los funcionarios de esa entidad edilicia que hubieren intervenido en los hechos descritos. Entre los hechos descritos, en el primer párrafo de la página 6 del dictamen se encuentra lo relativo a este anteproyecto N⁰26 de 2016, donde se concluye que el otorgamiento de este anteproyecto no se ajustó a derecho, correspondiente al edificio Viena II que se desarrollará en la esquina de La Verbena y Bremen.
  4. Dictamen N⁰ 074226 de fecha 7 de Octubre de 2016 de la Contraloría General de la República, donde se informa al Alcalde de Ñuñoa que la CGR acogió la solicitud del SEREMI para incoar un sumario administrativo a fin de determinar las responsabilidades de los funcionarios de esa entidad edilicia que hubieren intervenido en los hechos descritos. Entre los hechos descritos, en el primer párrafo de la página 6 del dictamen se encuentra lo relativo a este permiso N⁰403 de 2015, de Hamburgo 1441, Hamburgo con La Verbena, donde se concluye que el otorgamiento de este anteproyecto no se ajustó a derecho.
  5. Dictamen N⁰ 074226 de fecha 7 de Octubre de 2016 de la Contraloría General de la República, donde se informa al Alcalde de Ñuñoa que la CGR acogió la solicitud del SEREMI para incoar un sumario administrativo a fin de determinar las responsabilidades de los funcionarios de esa entidad edilicia que hubieren intervenido en los hechos descritos. Entre los hechos descritos, en el primer párrafo de la página 6 del dictamen se encuentra lo relativo a este permiso N⁰ 37 de 2016, donde se concluye que el otorgamiento de este permiso, de Av. Américo Vespucio Nº1400, con Emilia Téllez, no se ajustó a derecho. Oficio N⁰ 3691 de fecha 20 de Julio de 2016, donde el SEREMI comunica al DOM de Ñuñoa, específicamente sobre este permiso N⁰ 37 de 2016, donde se concluye que el otorgamiento de este permiso no se ajustó a derecho.
  6. Oficio N⁰ 4701 de fecha 13 de Septiembre de 2016, donde el SEREMI comunica al DOM de Ñuñoa, específicamente sobre el permiso N⁰ 278 de 2014, relacionado al proyecto de Amapolas  Nº 5565, con Av. Américo Vespucio, donde se concluye que el otorgamiento de este permiso no se ajustó a derecho.
  7. Anteproyecto 50/2015 y permiso 137/2016 correspondiente a Eduardo Llanos Nº 24, 25 y 26, y por Sucre 2362, 2388 y 2394, anteproyecto que fue observado y declarado como que no se ajustaba a derecho por el SEREMI por Oficio N⁰ 4008 de fecha 4 de agosto de 2016 y que posteriormente primero la Corte de Apelaciones y posteriormente la Corte Suprema acogió el Reclamo de Ilegalidad respectivo.
Quizá lo que indicó el SEREMI sobre sólo 9 proyectos se refiere a aquellos que todavía no se inicia su construcción donde la invalidación resulta todavía más evidente o no consideró los de fecha más reciente o todavía la SEREMI no los envía para que la Contraloría General de la República haga el sumario respectivo. Otros vecinos opinan que hubo una confusión al tipiar la cifra y se refería a los 18 permisos y anteproyectos de un total de 23 indicados en el Oficio 4836 de fecha 26 de septiembre de 2016 enviado por el SEREMI al Municipio (ver oficio haciendo click aquí).

miércoles, 1 de febrero de 2017

Otra buena noticia, es ratificado por la Corte Suprema el fallo de la corte de Apelaciones que invalidó anteproyecto, nuevo logro de los vecinos de Ñuñoa.

Los propietarios y vecinos están felices, pero decepcionados de la poca acogida solidaria de parte del Municipio que insistió en forma obcecada en tratar de revertir los fallos anteriores, ahora en la Corte Suprema.
Los propietarios de las viviendas afectadas estaban muy decepcionados pues el anteproyecto de la Calle Eduardo Llanos, luego de fallado por el SEREMI y la Corte de Apelaciones de Santiago, el Municipio de Ñuñoa insistió en forma terca y obcecada en recurrir a la Corte Suprema para no cumplir con el criterio de la SEREMI, la Corte de Apelaciones y los propios vecinos. 
Ahora fue la Corte Suprema que el 26 de enero de 2017 ratificó el criterio y el fallo de la Corte de Apelaciones, declarando como inadmisible la nueva embestida jurídica del Municipio contra los vecinos seriamente afectados y donde volvió a tomar parte el Municipio a favor del DOM de Ñuñoa y en contra de los propietarios y vecinos afectados.
Por mientras esto ocurría, la inmobiliaria creyendo trabajar sobre seguro derrumbó las hermosas casas y excavó el hoyo de los subterráneos y se apronta a seguir construyendo.
Este fallo ratifica nuevamente el criterio de los 8 metros de antejardín que debieran respetar las obras, ahora para este caso en particular donde se dan otras condiciones.
Recordemos que con fecha 30 de noviembre de 2016 fue fallado favorablemente el Reclamo de Ilegalidad interpuesto por vecinos propietarios colindantes al edificio “Barrio Sucre”, ubicado en Sucre 2388, frente a los terrenos del exalcalde Sabat. 
Los propietarios y vecinos representados por el Abogado Rodrigo Valdés Alé, asesor Jurídico de Los Adoquines de Ñuñoa y varias juntas de vecinos y grupos de propietarios afectados por el actuar arbitrario e ilegal del Director de Obras Municipales, están muy satisfechos con este nuevo fallo inapelable ahora de la Ilustrísima Corte Suprema, que resulta ser el primer reclamo de ilegalidad en su tipo ganado en Ñuñoa.
Nuevamente todos esperamos que dicho fallo no sea objeto de nuevas medidas administrativas por parte del Municipio, que lleven a dilatar el cumplimiento de las resoluciones del SEREMI, la Corte de Apelaciones y ahora la Corte Suprema. 
Nada justifica ya que el Alcalde no le exija al DOM que invalide los actos manifiestamente ilegales, como ya se lo ha señalado reiteradamente su propio superior jerárquico (SEREMI), evitando a los contribuyentes de Ñuñoa el financiar juicios de su propio bolsillo y a su vez ahorrando gastos innecesarios del patrimonio Municipal, en actos que son nulos desde su génesis. 
Resulta necesario que los entes del Municipio heredados de antiguas administraciones, cambien su switch y se sintonicen con que deben actuar en favor de los reclamantes, sobre todo cuando ellos son propietarios y vecinos de Ñuñoa de hace muchos años y más cuando están respaldados por organismos técnicos oficiales.
El fallo completo de la Corte Suprema lo puedes bajar o leer haciendo click aquí.

La noticia anterior sobre este tema se puede leer haciendo click aquí.

Nuevamente debemos recordar que estos mismos vecinos son muy activos y protagonizaron una Funa a un evento organizado por la Inmobiliaria Imagina que quiere construir otro edificio en la zona, ver noticia, y protagonizaron un cabildo abierto en la plaza Sucre, ver noticia cabildo.