domingo, 31 de enero de 2016

Aclaración sobre términos frecuentemente consultados por los vecinos relativos al tema de modificaciones al plan regulador



a     a)      Enmienda, Seccionales y Modificaciones a Los Planos reguladores.

Después de la publicación de los plazos indicados por el Municipio para corregir el plan regulador a través de una enmienda más una modificación al plan regulador, versus sólo realizar una modificación al PRC, los vecinos nos han preguntado y han querido saber más de este tema que los agobia.

En este espacio se tratará de dar una explicación lo más resumida y simplificada posible.

La modificación de planes reguladores comunales por definición de la Ley de Urbanismo y Construcción y la Ordenanza o Reglamento de esta Ley, establecen básicamente cuatro formas de modificar un plan regulador a través de:

  1.  Proyecto de plan regulador, que es un cambio general al plan regulador
  2. Proyecto de plan seccional, que es un plan para una zona específica, generalmente un número reducido de manzanas
  3. Modificación al Plan Regulador: Que son cambios al plan regulador existente.
  4. Enmiendas al Plan Regulador: También son cambios al plan regulador muy reguladas, que se realizan en un corto plazo.

El procedimiento de aprobación de los 3 primeros es idéntico, que en general consiste en que se debe contar con un proyecto que debe ser sometido a la revisión de la SEREMI de Vivienda y Urbanismo, dependiendo de los casos se requiere un estudio de impacto ambiental. Los plazos en los cuales se puede lograr una modificación a un Plan Regulador a través de cualquiera de las 3 primeras formas son inciertos, en general si el cambio es muy profundo el plazo será más largo, si los cambios son menos profundos el plazo debiera ser más acotado.

Las enmiendas, requieren un procedimiento de aprobación simplificado al interior del Municipio, donde sólo se informa al SEREMI de Vivienda y Urbanismo de lo que se enmendará.

Como se indicó anteriormente las enmiendas son cambios regulados con límites de lo que se puede o no se puede hacer, para el caso nuestro se puede indicar que existe interés en modificar a través de enmienda los siguientes parámetros que están permitidos por la enmienda:

  • Bajar la altura en un 20%,  la enmienda sólo permite bajar  ese porcentaje como máximo. De esta manera en los lugares donde está permitido construir hasta 5 pisos se reduce a 4 pisos, donde actualmente es 10 pisos se reduce a 8 pisos.
  • Disminuir la densidad de habitantes en un 20% (cantidad de habitantes por hectárea), la enmienda sólo permite disminuir  ese porcentaje como máximo. De esta manera si la densidad es de 1000 hab/Ha, se puede reducir a 800 hab/Ha.
  • Disminuir la rasante, sin límite, con la condición que no puede superar los 70º. De esta manera se puede regular a través de la rasante los distanciamientos con los nuevos edificios vecinos, el tema de los antejardines también puede ser beneficiado.
  •  Incrementar la dotación de estacionamientos sin límite. De esta manera se pueden pedir un porcentaje adicional de estacionamientos de visita, que son los que normalmente saturan las calles.
  • Fijar disposiciones sobre cuerpos salientes sobre la línea de edificación sobre los antejardines. De esta manera se puede  lograr que los balcones estén atrás de la línea de los antejardines.



       b)      El concepto de rasante y su aplicación en el distanciamiento de un edificio con respecto a la calle y sus vecinos

También se solicitó una explicación sobre la rasante, pues no se comprendía el por qué la rasante ayudaba a limitar la proximidad de los nuevos edificios a las construcciones existentes ni se comprendía cómo esto ayudaba a limitar la altura en terrenos de tamaño pequeño.



Rasante: Es un plano imaginario que, mediante un determinado ángulo de inclinación, define la envolvente teórica dentro de la cual puede desarrollarse un proyecto de edificación. El ángulo se toma en la mitad de la calle que enfrenta el terreno, también se toma en las líneas de deslinde con los vecinos.

En las siguientes figuras se puede apreciar cómo funciona el concepto de rasante sobre las variables de altura de edificación, distanciamiento entre vecinos y antejardines: 
Planos de rasante con los predios vecinos

Plano de rasante (recta roja) del frontis hacia la calle


Asalto a Banco en JUMBO-Bilbao, delincuentes nuevamente huyen por barrio Los Adoquines


Este jueves 28 de enero de 2016 alrededor de las 10:00 am, 4 delincuentes intentaron robar el Banco que está en el JUMBO-Bilbao, Comuna de Las Condes, en su huida ingresaron al Barrio Los Adoquines de Ñuñoa, donde finalmente fueron detenidos por Carabineros, chocando su vehículo en calle La Verbena a la altura de Rosita Renard. 

Hubo bastante movimiento policial en el barrio, vecinos indicaron que la persecución incluyó vuelos rasantes de helicópteros policiales, preocupándolos por la presencia de las grúas plumas de las 3 construcciones en desarrollo en el sector.

Afortunadamente los delincuentes fueron atrapados, ya que los vecinos piden mayor presencia policial pues además de registrarse robos, indican que existen repetidos casos de delincuentes que huyen por este barrio, aprovechando probablemente la falta de vigilancia y la proximidad al Metro, lo que les facilita una ruta de escape "rápida y segura".


Fotos y más detalles en el siguiente link:

lunes, 25 de enero de 2016

Camión Tolva cortó cables de hogares la UV Nº1 de Ñuñoa.



El miércoles 20 de enero de 2016 a las 19:15 aproximadamente, un camión tolva blanco tomó por Arturo Medina, por su tamaño y que circulaba por una calle de un tamaño menor, dejó dos casas sin teléfono e Internet.
La patente estaba entierrada, en principio la patente sería JV1864. Se trató de hablar con el conductor, dándose a la fuga, arrancando sin respetar discos ceda el paso, lo que agravó el daño a los cables.
Vecinos piden tramitar prohibición de transitar de vehículos pesados por calles angostas.

Estimaciones de plazo que se indicaron en las mesas de trabajo de Plan Regulador Comunal UV 1 a la 6



En la última reunión con el Municipio de las mesas de trabajo del Plan regulador de las Unidades Vecinales de la 1 a la 6 se analizó el tiempo que tomaría las dos formas de modificar un plan regulador.

Una alternativa es realizar una enmienda, que es un procedimiento reglado para que el propio Concejo comunal pueda hacer cambios al plan regulador, cambios que en algunos casos son bastante acotados y restringidos por norma.
La otra alternativa es realizar un proceso de modificación del plan regulador, el cual requiere la autorización de la SEREMI del MINVU y para lo cual es necesario elaborar mucha más información de respaldo del cambio al plan regulador que se solicita.

Cualquiera de estas opciones no inhibe a la otra opción, pudiendose enfrentar estos procesos de manera paralela.

Plazos aproximados para realizar un proceso de Enmienda que es limitado y plazos para realizar una Modificación muy acotada. (*)

(*) Estimaciones de plazo que se indicaron en las mesas de trabajo.


Estos mismos plazos vaciados en una carta Gantt, se pueden apreciar como:





Dadas estas estas estimaciones de plazo nuestra organización es partidaria, de manera de atender las zonas con mayor urgencia y que están siendo fuertemente depredadas, realizar en paralelo Enmienda + Modificación Simple, de manera de concretar a través de enmienda rápidamente la obtención de aproximadamente un 60% de los anhelos de nuestros asociados y en un mediano plazo obtener el 100%, a través de una Modificación Simple, modificación que seguramente quedaría para la siguiente Administración Municipal por los plazos involucrados. En aquellas zonas que no están siendo fuertemente depredadas sólo hacer la modificación Simple.