domingo, 2 de octubre de 2022

Vecinos temen por la poca rigurosidad de Concesionaria, involucrada recientemente en escándalos en Europa, ante la calificación Ambiental del Mega Proyecto AVO II en túnel minero. Concejales de Ñuñoa piden rechazar si no hay filtros en chimeneas.

Este domingo 2 de octubre de 2022 por casi 2 horas se efectuó la manifestación en Plaza Egaña de distintas organizaciones que pide a las autoridades que dicho proyecto no se apruebe en las condiciones que propone la concesionaria, donde no se toman medidas para preservar la salud de vecinos afectados por las pocas chimeneas de ventilación de esa mega obra en túnel minero de 5,2 kilómetros, solo solicitan que como precondición para su aprobación se requiera que dichos ductos y chimeneas sean proyectadas con filtros para los contaminantes que se concentrarán en las proximidades de sus residencias.

De manera pacífica pero firme, y ante el grito “¡Vecinos, vecinas! Vengan a sumarse para exigir filtros a los contaminantes...” la comunidad se manifestó.

Vecinos desconfiados por compromisos no vinculantes de la Concesionaria

Algunos vecinos manifestaron su preocupación pues los criterios técnicos que aplica esta concesionaria para una obra tan delicada como ésta, carece de toda racionalidad, al menos en sus explicaciones sobre el manejo de la contaminación, durante los 45 años que durará su explotación.

Esta preocupación se acrecienta pues la actual controladora del Grupo Costanera S.p.A., el grupo italiano Autostrade dell´Atlántico S.r.L. que administra la futura obra de concesión de AVO II, ya hizo noticia el año 2018 al colapsar una sección de 210 metros del puente Morandi en Génova, Italia, provocando la muerte de 43 personas y de 16 heridos, situación que implicó una importante baja de las acciones de dicha concesionaria el 2018 y se ignora en qué situación se encuentra el retiro de las concesiones por el Gobierno Italiano, que inició este procedimiento el año 2020.

Las acusaciones por el desastre en Italia están siendo llevadas por la fiscalía Italiana (Link) quien acusa que la Concesionaria era consciente de que se corría el riesgo de un colapso del puente pero no quisieron financiar nuevas obras para "preservar las ganancias" de los accionistas.

Gases Contaminantes frente a Viviendas

Se debe recordar que nuevo tramo subterráneo es técnicamente muy distinto y más complejo que el tramo desarrollado entre calle Bilbao y la Pirámide, pues es por túnel minero profundo (va más abajo del Metro en todo el tramo) y las ventilaciones son menos y no salen en el bandejón central de Américo Vespucio, sino se internan en la primera cuadra hacia residencias habitacionales, lo que traslada la contaminación de todo el tráfico vehicular de Américo Vespucio a unas chimeneas que se situarán a metros de las ventanas de los hogares de muchos vecinos.

 

Concejales de Ñuñoa se manifestaron en contra que los SEREMIs de la R. Metropolitana aprobaran el proyecto en las deficientes condiciones presentadas

Con una Carta abierta (Link) al Comité de Evaluación Ambiental RM, hicieron la Petición de rechazo de AVO II a las autoridades Regionales indicando:

“Como autoridades comunales, exigimos que el proyecto solo sea autorizado cuando la concesionaria se comprometa a instalar sistemas de filtro. En particular, el titular ha mostrado una actitud negligente en relación con la instalación de estos sistemas de abatimiento de contaminantes, negándose incluso a estudiar la posibilidad de implementarlos, sin ninguna razón válida, yendo en contra de la tendencia mundial a este respecto y justificando su decisión de no instalar filtros comparando AVO II con AVO I, sin considerar que las ventilaciones de esta última contaminan mucho menos que las chimeneas y salidas de AVO II.”

Lo que piden los Vecinos como condición para darle luz verde al proyecto

Las peticiones de los vecinos se resumen en 3 aspectos principales:

1) La instalación de filtros en las 7 chimeneas que serán usadas durante la operación de 45 años de la autopista, de entrada y salida de gases contaminantes a corta distancia de viviendas y colegios.

2) Alguno de los retazos de terrenos sobrantes se entregue para la distribución de combustibles,  ya que la autopista expropiará al menos 3 bombas de bencina del sector (Link).

3) Que la mantención y aseso de las veredas y jardines más la seguridad que quedarán en la orilla y en los accesos de la autopista sea responsabilidad de la concesionaria.

El desapego de esta concesionaria con los que ocurre en los accesos y límites de sus concesiones tiene ejemplos recientes en Santiago de Chile, ya que ésta es la misma concesionaria de Costanera Norte que en el último tiempo está involucrada en no contar con imágenes de hechos delincuenciales que ocurren en sus accesos.

jueves, 29 de septiembre de 2022

Ñuñoa La Reina y Peñalolén no quieren ser zona de sacrificio ambiental en nuevo Tramo de Autopista Vespucio Oriente (AVO II). Defiende tu barrio y tu comuna asistiendo a la Manifestación este domingo 2 de octubre a las 11:00 en Plaza Egaña.

Es importante señalar que este nuevo tramo subterráneo es técnicamente muy distinto al tramo desarrollado entre calle Bilbao y la Pirámide, pues es por túnel minero profundo y las ventilaciones son menos y no salen en el bandejón central de Américo Vespucio, sino se internan en la primera cuadra hacia residencias habitacionales como es el caso de casas y departamentos, que muchos todavía están pagando, lo que traslada la contaminación de todo el tráfico vehicular de Américo Vespucio a unas chimeneas que se situarán a metros de las ventanas de los hogares de muchos vecinos de estas tres comunas, generando adicionalmente más expropiaciones que el tramo inmediatamente anterior.

Las organizaciones vecinales han seguido todo el proceso, a pesar de lo poco transparente que resultó el proceso participativo realizado en plena pandemia que impidió que muchos vecinos se percataran que este proceso ocurría. La concesionaria y el MOP fueron advertidos oportuna y debidamente, como se puede observar en los siguientes documentos adjuntos:

  • Consideraciones sobre el proyecto Autopista Américo Vespucio Oriente II (AVO II), de la Comisión de Obras COSOC Ñuñoa. (Link)
  • Comisión de Evaluación Ambiental, Autopista Américo Vespucio Oriente II (Link)

Pero resulta evidente que la Concesionaria y el MOP desaprovecharon la oportunidad en las instancias anteriores de modificar el proyecto en aspectos que le hiciera sentido a las comunidades afectadas.

La siguiente etapa es que se vote el permiso ambiental por los SEREMIs Metropolitanos este lunes 3 de octubre de 2022, las comunidades esperan que este lunes se rechace el proyecto tal cual está, sin efectos mayores dado que las obras aún no comienzan, de manera que se replanteen y solucionen algunas pocas observaciones pero relevantes sobre todo para la salud de la población.

La Comisión de Evaluación Ambiental (COEVA), que debe aprobar o rechazar el mezquino proyecto de la Concesionaria y el MOP, que si no es rechazado dejará a las chimeneas sin filtro está constituida por:

  • ·       Constanza Martínez, Delegada Presidencial RM.
  • ·       Arturo Farías, Director Regional (s) SEA RM.
  • ·       Jorge Daza, Seremi de Obras Públicas.
  • ·       Rocío Andrade, Seremi de Vivienda y Urbanismo.
  • ·       Nathalie Joignant, Seremi de Agricultura.
  • ·       Gonzalo Soto, Seremi de Salud.
  • ·       José Luis Gilbert, Seremi de Minería.
  • ·       Roberto Santa Cruz, Seremi de Transportes y Telecomunicaciones.
  • ·       Patricia Hidalgo, Seremi de Desarrollo Social.
  • ·       Cristian Rodríguez, Seremi de Economía.
  • ·       Gonzalo Méndez, Seremi de Energía.
  • ·       Sonia Reyes, Seremi de Med.

El rechazo que debieran dar los secretarios regionales Metropolitanos aparece como la más conveniente para las comunidades. Primero, porque expresa un voto claro en contra del proyecto elaborado por la Concesionaria y el MOP, que por de pronto propone un deficiente sistema de manejo de los contaminantes que se traslada a los hogares de los vecinos y además elimina servicios importantes para la comunidad.

Este mal proyecto, pese a que contiene ciertos avances en no abrir calles, a mitigar el ruido y las vibraciones durante la ejecución del proyecto, en otras temáticas es francamente deficiente representado por el nulo manejo de la contaminación, donde las soluciones dadas por la concesionaria y el MOP despiertan serias interrogantes, como la reversibilidad de ciertas chimeneas, otras chimeneas que solo serían usadas para emergencia y que el sistema de evaluación de la contaminación se realice en estaciones de monitoreo que se encuentra  a más de 4 kilómetros de la zona de sacrificio.

Así, Concesiones sigue respondiendo lo mismo que hace 5 años y se continúa en la situación que la mayoría de las observaciones no mitigadas son muy simple de solucionar, con un impacto económico casi nulo o despreciable en el contexto de la obra.

De esta manera, no se logra entender cómo aspectos básicos, casi domésticos, como la mantención y aseo de las veredas y jardines que quedarán en la orilla, se permite que corran la misma suerte que vemos en las otras autopistas donde, residuos de áridos, las bolsa y los papeles son parte del paisaje natural y tanto los Municipios como la concesionaria indican que no le corresponde a ellos limpiar.

Recordemos que el aseo de las calles y veredas hoy la realizan los vecinos, pero después de una obra de gran envergadura como ésta, se cambia prácticamente la topografía del lugar, sobre todo en las entradas, salidas y caleteras, generando cantidades de basura producto del intenso tráfico vehicular, caída de cargas en sectores que para limpiar se corre un riesgo, acrecentando ese riesgo por las velocidades propias de una autopista, que un propietario de un local o de un hogar colindante simplemente no puede realizar y ahí empieza la acumulación de basura que vemos en las entradas y salidas de las autopistas existentes.

Otras peticiones menores como pedir una solución para que el flujo sobrante de la concesión no entre a sectores residenciales, con colegios e iglesia, y se sigue insistiendo en no estudiar una solución de cambio de sentido o impedir el tráfico en las primeras cuadras de la calle Rosita Renard, así como tampoco la concesionaria y el MOP no entienden la necesidad de mantener un rubro como la provisión de parafina para la calefacción de hogares en el barrio, ya que se cerrarán tres bombas de bencina existente, cambiar una cafetería por una sede vecinal, mejorar la estación Príncipe de Gales con un ascensor para facilitar la vida de ancianos y personas con movilidad reducida que asisten a colegios especiales que están en la calle Amapola, donde claramente frente a una mente más abierta, se entendería que no se está pidiendo mucho.

Así, si no se está dispuesto a realizar acciones mínimas, ¿qué podría esperarse bajo la misma lógica ante peticiones más complejas como dotar a las ventilaciones de filtros o solicitar una evaluación de impacto integral con los otros megaproyectos del sector?

Es importante aclarar que, con esta lógica de mezquindad, se genera una situación conflictiva con las comunidades aledañas a la Concesión, comunidades que hacen peticiones sensatas, de manera ordenada, y siguiendo los procedimientos y acciones legales, así no estará en nuestra responsabilidad que esto se siga escalando en las instancias que corresponda.

La mayoría de las observaciones no mitigadas son muy simple de solucionar y es cosa de poner algo de voluntad, pero la observación sobre la emisión de contaminantes por solo 6 chimeneas en las cuales desde un principio solicitamos filtros en las chimeneas y la instalación de estaciones de monitoreo, nunca se apreció una real voluntad de solucionar por parte de la Concesionaria y el MOP, pues nos han dado muchas versiones bastante ilógicas para la salud de las personas, sin enfrentar el problema de fondo que toda la contaminación estará saliendo por unas pocas chimeneas en un tramo de aproximadamente 5 kilómetros.

Esta versión ha mutado acomodaticiamente desde las 6 chimeneas donde por la altura de ellas la contaminación flotaría hacia La Reina, a otra versión que habría pocas chimeneas (3 o 4) por la cual saldrá contaminantes y por otras chimeneas que solo se inyectará aire y solo serán usadas en "caso de emergencia", hasta una de las últimas versiones en la cual solo habría una chimenea que arrojaría contaminantes, precisamente la de la calle Beethoven de Ñuñoa, donde en la última versión nos dijeron que en ese sector solo iban a existir unas chimeneas para inyectar aire

Así parece que todavía no se entiende que 6 chimeneas y 4 portales son pocas para extraer todo el aire contaminado y si van reduciendo las chimeneas por donde sale el aire contaminado primero a 3 y luego a 1, se está concentrando más la contaminación en 3 o en un sector, o el aire contaminado saldrá también por las pocas entradas y salidas (4) que tiene ese tramo, concentrando la contaminación gaseosa y la contaminación de particulado fino extremadamente dañino para la salud de las personas. En el caso que el aire contaminado salga por las entradas y salidas será imposible filtrarlo.

Para completar esta cadena de sinsentidos en las últimas versiones proponen poner sensores que solo medirán el contenido promedio y además no especifican donde se instalarán, por lo tanto como sea no se sabrá si se supera los niveles máximos permitidos.

Así, ante esta situación, los vecinos tienen la opinión que lo único que se hace con el problema de la contaminación y las chimeneas de esta concesión, es que a sabiendas que las ventilaciones de extracción de aire contaminado son pocas, por las restricciones propias de un túnel minero, se busca por parte de la concesión a como dé lugar alternativas para no filtrar y monitorear la contaminación que la autopista entregará a su entorno inmediato durante toda su explotación, no enfrentando el problema de fondo.

De esta manera se les invita a manifestarse este domingo 2 de octubre de 2022, a las 11:00 hrs en la esquina norponiente de Plaza Egaña.

 

viernes, 26 de agosto de 2022

DETENCION CIUDADANA SALVA EL PARQUE BUSTAMANTE Y PLAZA LAS ETNIAS

 

Como todos sabemos en los parques y plazas de Chile uno ya no se puede sentar ni pasear tranquilo con los niños. La delincuencia arrecia y se hacen dueños de los espacios púbicos. Sin embargo Ñuñoa no lo ha hecho fácil.

Es en este contexto que funcionarios de la anterior administración lograron otorgar una concesión por 35 años a una inmobiliaria para que creara un pequeño MALL y estacionamientos que ocuparían el Parque Bustamante que es uno de los pocos que van quedando.

Unos vecinos que paseaban por el lugar al darse cuenta de la situación activaron las alarmas y recurrieron a la Comisión de Obras del COSOC quienes a su vez exigieron al CONCEJO de la época que anulara este arreglo, lo que finalmente ocurrió.

Obviamente la Inmobiliaria interpuso una serie de reclamaciones donde la última fue un Reclamo de Ilegalidad por no invalidar el decreto que anuló el arreglo, que la actual Alcaldesa los detuvo rechazando el recurso, ante lo cual la inmobiliaria salió corriendo a la Corte de Apelaciones de Santiago que acaba de confirmar que la atlética Alcaldesa Emilia Ríos tuvo razón al apoyar a la Comisión de Obras del COSOC.

De este modo una vez más la detención ciudadana se hace presente en Ñuñoa ante la poca presencia del Estado en general desmantelado por gobiernos consecutivos que bajo la excusa que teníamos un estado gordo y fofo lo han convertido en un esqueleto cadavérico, que ahora además de ser incapaz de asegurar derechos sociales, nos tiene a merced de políticos oportunistas que permiten que los ladrones y sinvergüenzas se hagan de las calles y barrios, debiendo los propios vecinos enfrentar estafadores, narcotraficantes, delincuentes, etc.

Seguramente la inmobiliaria continuará tratando de consolidar su negocio concretado en plena crisis con la anterior administración, convenciendo de sus bondades a personajes como el actual Director de Obras, Asesora Urbana y otros por el estilo.

La moraleja es que está quedando demostrado, que cuando los vecinos se empoderan y el Municipio hace su trabajo todos somos beneficiados. Piensen en ello cuando paseen por este pequeño pero pretencioso parque y sus hijos pequeños sigan corriendo y riendo en él, que en todo caso le hace falta una manito de gato.

El parque Bustamante aún vive, cuidémoslo juntos.

Reflexión:  ¿Qué pensamientos cruzarán por la mente de un emprendedor inmobiliario o un Director de Obras Municipal o una Asesora Urbana cuando se sienta en un parque y en vez de ver niños jugando, parejas de enamorados, ancianos caminando, jóvenes ejercitando, mascotas jugando, imaginan en lugar de eso un Mall con estacionamientos?

Mientras escuchas: https://youtu.be/2-V3l7qDsR0  

 

jueves, 4 de agosto de 2022

Calle La Verbena se Ilumina


El miércoles 3 de agosto a las 19:00 hrs, en la Plaza Augusto D'Halmar, a pesar del frío, se inauguró por la alcaldesa de Ñuñoa, Emilia Ríos las nuevas luminarias de la Plaza Augusto D'Halmar y de toda la calle La Verbena desde Américo Vespucio hasta Eliecer Parada, realizando una ceremonia de apagado y encendido de las luces de la plaza por breves segundos.

Esa calle estaba por décadas en la verdadera penumbra por iluminación deficiente y por árboles que tapaban la poca iluminación existente, ante esta situación vecinos de varias casas procedían a iluminar por sus medios el espacio público para evitar caídas y los repetidos asaltos que ocurrían, sobre todo considerando que esta calle es el camino obligado para transitar hacia la estación Príncipe de Gales del Metro, este es un tema muy positivo y rescatable que la comunidad agradece.

Se informó que esta mejora contempló 123 nuevos focos lumínicos. Todas las nuevas luminarias son LED y gastan aproximadamente un 60% menos que una luminaria antigua, lo cual las vuelve más amigables con el medioambiente y también reducen el gasto de energía por parte del municipio.

Todo esto se inició en octubre del año 2021 cuando un vecino próximo a la Plaza Augusto D'Halmar fue apuñalado con un destornillador  en un portonazo a la entrada de su estacionamiento, producto de lo cual se recurrió al Municipio que asistió a una reunión en plena pandemia con la directiva de Los Adoquines de Ñuñoa y vecinos afectados realizada al lado de donde ocurrió el delito, aumentando por mientras las rondas de vehículos municipales, posteriormente en marzo de 2022 se realizó un recorrido nocturno con funcionarios Municipales con el fin de tratar de aumentar la seguridad y recuperar el barrio para vecinas y vecinos.

Todos sabemos que medidas como aumentar el patrullaje de seguridad municipal no suele mantenerse en el tiempo pues los delincuentes se trasladan a otra parte y allá hay que ir a patrullar más. Medidas como la mejora de luminarias si contribuye, por lo menos por la noche, a una medida de mitigación más permanente ante el fenómeno delictivo.

Se agradece al personal Municipal de Seguridad, como al de Aseo y Ornato por la poda cuidadosa de algunos árboles que tapaban la iluminación existente en la calle La Verbena.

 Esto demuestra que también existen funcionarios y unidades Municipales que tienen la sensibilidad para captar las necesidades de la comunidad en contrapunto con otros funcionarios y Direcciones del Municipio que han agredido al barrio y a la comunidad durante muchos años con la aprobación de permisos de construcción ilegales.

Felicitamos y queremos más de estos funcionarios capaces de sensibilizarse con las necesidades reales de la comunidad.

sábado, 23 de julio de 2022

EX DIRECTOR DE OBRAS MUNICIPALES DE ÑUÑOA CARLOS FRIAS LOPEZ ES DESTITUIDO DEL CARGO DE DIRECTOR DE OBRAS MUNICIPALES DE ÑUÑOA AUNQUE YA NO ES FUNCIONARIO POR HABER SIDO MAL DESPEDIDO VULNERANDO SUS DERECHOS MOTIVO POR EL CUAL EL MUNICIPIO ACABA DE PAGARLE MAS DE 38 MILLONES Y MIENTRAS OTROS FUNCIONARIOS IGUALMENTE RESPONSABLES SON SANCIONADOS PIRRICAMENTE.

 

Como consecuencia de los cambios producidos a partir de octubre del 2019 se eligieron por fin nuevas autoridades que intentan dar vuelta la dramática situación a la que están expuestos los vecinos de Ñuñoa por el abuso de funcionarios Municipales, sujetándose a un mar de normas administrativas absurdas en su contenido y sobretodo plena de erradas e interesadas interpretaciones, y así pues hemos tomado conocimiento de un sumario iniciado hace un año con la nueva administración efectuado a través de la Contraloría General de la República (CGR), a propósito del informe de 2017 de una auditoría de la misma CGR, ahora recién arroja resultados.

Las nuevas autoridades de Ñuñoa pidieron a Contraloría que hiciera uno de los sumarios pendientes, estas autoridades electas por vecinos hastiados de periodos sucesivos de gobiernos comunales intoxicados con la idea de que los habitantes de su comuna vivían en un permanente deseo de que su propiedad valiera más para hacerse algún día millonarios y convertirse en pequeños especuladores inmobiliarios. En este sueño los anteriores alcaldes se dejaron seducir, unos más otros menos, por funcionarios que actuaron como los artífices de estos deseos. Así pues el rol que ha jugado la Dirección de Obras Municipales, el SERPLAC y demás direcciones ligadas al tema inmobiliario fueron y son fundamentales. Lamentablemente olvidaron que su rol era contribuir a controlar que se construyeran viviendas sanas para ciudades saludables o como dice la Ley General de Urbanismo y Construcciones en su artículo 41 “higiénicas y seguras”.

De este modo esos funcionarios y autoridades de entonces reformaron un Plan Regulador pionero en su época, para asegurarles más beneficios económicos para pocos inversionistas y constructores, convirtiendo el Plan Regulador Comunal de Ñuñoa en una especie de catálogo de venta para pocas y grandes inmobiliarias especialistas en DFL 2 ajustados a su mínima expresión habitacional y con los más altos precios para los consumidores producto de verdaderos oligopolios, donde se maneja la forma de financiación, distribución y comercialización de las viviendas, haciéndolas prácticamente inalcanzables para las nuevas generaciones.

La consecuencia de convertir los derechos sociales en meros instrumentos de inversión transformó a las autoridades administrativas de Ñuñoa en lentas y tardías mostrando incluso un decidido abandono de deberes para afrontar la realidad de varios negociados inmobiliarios en Ñuñoa.

LUEGO DE MAS DE 5 AÑOS DE EMITIDO EL INFORME DE CONTRALORIA del 2017 que estableció graves ilegalidades en el municipio de Ñuñoa en el área de las aprobaciones de anteproyectos y permisos de edificación,  Contraloría determinó, lo cual fue refrendado por la Alcaldesa en funciones a través de un Decreto Municipal, en lo sustancial:

1.- Destitución del Director de Obras Municipales de la DOM de Ñuñoa, ahora ex funcionario que fue apartado de sus funciones en su tiempo por salud incompatible, asunto mal manejado que terminó con nuestro municipio ahora pagando 38 millones al citado funcionario mal despedido por un municipio que no fue claro en sus motivaciones, ya que lo despidió por salud incompatible y no por todo lo que hizo mal demorándose las autoridades 5 años en sancionarlo.

2.- Suspensión de 3 meses en sus funciones a Patricio Reyes, permanente subdirector subrogante de Frías a la época y actual Director titular de Obras, nombrado por la anterior administración y mantenido inexplicablemente en el cargo a pesar de su responsabilidad en cometer un sinnúmero de “equivocaciones y errores” detectados en tribunales, por SEREMI DE VIVIENDA, incluso por CGR como consta en el nuevo informe de Contraloría sobre irregularidades del DOM de Ñuñoa  n° 506 / 2021 15 de octubre de 2021, que se puede bajar en dicho link.

Curioso es que hasta el juicio laboral interpuesto por Frías y ganado por él, éste señaló que el Municipio le había instruido un solo sumario y se desestimó, porque se refería a un permiso que no había sido aprobado por él, caso que tampoco se ha investigado y no sabemos aún quien inició ese extraño sumario precisamente contra un permiso que excepcionalmente él no aprobó.

Conveniente “mal despido” de Frías

El ex funcionario Carlos Frías, efectivamente, fue mal despedido en su época por la ineptitud de abogados del municipio que probablemente aún están prestando servicios y acaba de cobrar en diciembre del 2021 la friolera de poco más de 38 millones de pesos (38.673.450.- ver boleta de pago), situación que también debería investigarse para aplicar igual sanción a los ex funcionarios que violaron los derechos constitucionales del ciudadano Frías. (T-1628-2018 Primer Juzgado de Letras del Trabajo).

El punto es que el ex subdirector de la época que hoy es el actual director del DOM, Patricio Reyes, solo se le sancionó con tres meses de suspensión con el pago de la mitad del sueldo, más otras sanciones que son tan irrelevantes que la Dirección de Obras de Ñuñoa se podría estar convirtiendo en el sueño dorado de los arquitectos corruptos que quieran postular a un cargo.

Las autoridades parecen no comprender que los citados funcionarios fueron sancionados en relación a permisos y anteproyectos por vulnerar las normas del Plan Regulador de Ñuñoa, la Ordenanza, la Ley e incluso la maltrecha Constitución Política del Estado.

La conducta de los funcionarios es inaceptable y aun así las sanciones se tornan ridículas pues el mismo Patricio Reyes puede considerar los próximos tres meses como unas inmerecidas vacaciones o un inmerecido permiso administrativos con goce de la mitad del sueldo. Consideramos que la gravedad de sus actos consignados en el informe de contraloría y los muchos otros deben ser sancionado con la expulsión, debiéndose a la brevedad limpiar la DOM de los malos funcionarios y poner un DOM que corrija las numerosas ilegalidades que de seguro aún se cometen, otorgando sus autoridades la anhelada protección efectiva a sus vecinos e instalando seriamente un modelo sustentable tal y como se nos promete en épocas electorales, reconociendo que el urbanismo es mucho más que hacer viviendas para terminar con el déficit existente y derechamente promover viviendas dignas y adecuadas en ciudades sustentables.

El caso es que el municipio de Ñuñoa ha destituido a un ex funcionario pero aún no aparece la propuesta de cómo se resarcirá a los perjudicados con sus acciones que son atribuibles en realidad al municipio.

Así pues ¿qué ocurre con estos edificios construidos ilegalmente? El Municipio actual en tribunales continúa la defensa de dichas resoluciones ilegales y de hecho uno de los casos tomados por Contraloría aún se encuentra en tribunales. Nos referimos al caso establecido en este mismo informe del 2017 sobre el Edificio Ossa 1400 de Américo Vespucio 1400 (causa ROL CS: 14585-2022) el que la CA de Santiago primero declaró parcialmente nulo y luego cambio su resolución validando la forma en cómo el municipio saneo el problema, motivo por el cual aún se encuentra en tramitación con una casación pendiente en la Exima. Corte Suprema.

En el siguiente link se encuentra la lista de 10 edificios con ilegalidades determinados en la auditoría de 2017.

A todo lo anterior, debemos agregar que otra fiscalización más recientes de la CGR (por ejemplo el Informe n° 506 / 2021 15 de octubre de 2021) arrojó similares resultados motivo por el cual tenemos la esperanza que las actuales autoridades se la jueguen por terminar con los abusos.

También estos funcionarios sancionados, con su actuar, hicieron un daño económico a los habitantes de la comuna completa, pues elevaron artificialmente el valor del suelo especulando con su poder, así los ñuñoinos que hemos decidido quedarnos, debemos ver como bi-mensualmente las contribuciones alcanzan valores impagables.

De esta manera solicitamos a las autoridades comunales que den urgentemente un respiro en trámites y económico a aquellos vecinos que aún seguimos en la comuna, no queremos ver más fenómenos de expulsión, chantaje de malas inmobiliarias que amenazan con dejar casas islas o que amenazan con dejar sus propiedades sombreadas e insalubres, mientras las unidades administrativas que deben controlar, financiadas por toda la comunidad, hacen la vista gorda.

Como ya se ha dicho antes, el papel aguanta todo y así pues se ha destituido a un ex funcionario que acaba de recibir 38 millones debido a la mala gestión de ex funcionarios que seguramente debieran recibir duras sanciones.

Nos preguntamos si en nuestro municipio se seguirán viendo muertos cargando adobes, o nos uniremos todos para reposicionar el objetivo y razón de ser del urbanismo chileno cual es tener viviendas sanas en ciudades saludables.

 

La Normativa debe ser respetada para resguardar Adecuadas condiciones de higiene y seguridad en los edificios y espacios públicos

La normativa urbanística no tiene por fin asegurar el negocio inmobiliario, sino fijar un estándar mínimo que asegure una sobrevivencia saludable y con la actual pandemia se ha recordado que el urbanismo nacional es de origen higienista, cuyo objetivo es proveer habitaciones sanas para todos, para así generar ciudades saludables.

Nace el urbanismo justamente ante las recurrentes y devastadoras pandemias y luego que el padre de la medicina social en Austria, Johan Peter Franck publicará su discurso en titulado “la miseria del pueblo, madre de todas las enfermedades.” En síntesis Franck postuló que existían enfermedades de ricos y de pobres. De ricos por ejemplo menciona la gota que se reproduce por exceso de carne en la alimentación. Las de Pobres Frank las ubican en aquellas infectocontagiosas que se desarrollan y multiplica en condiciones de miseria debido a las malas condiciones de nutrición y viviendas insanas en ciudades insalubres. De ahí las reformas de la ciudad de Paris del barón Haussman o más claramente la de Barcelona de Idelfons Cerdá cuya obra urbana nace de la publicación del libro “abajo las murallas” en 1841, obra del médico e higienista Pere Felip Monlau, que ganó el concurso del Ayuntamiento de Barcelona para analizar las ventajas de derribar las murallas medievales. Todo lo anterior se confirma cuando Koch y Pasteur (entre otros) desarrollan sus trabajos para prevenir y atacar la tuberculosis y la rabia, derrotando en occidente la teoría de la generación espontánea de la vida, demostrando la reproducción celular y como se desarrollan los virus y bacterias´

En Chile el higienismo generó un enorme impacto en los políticos y profesionales de comienzos del siglo XX. Así se aprecia en un joven Arturo Alessandri Palma que en su memoria de prueba para titularse de abogado (1893) expresa lo siguiente:

“Efectivamente, las investigaciones científicas de nuestra época han venido a corroborar que la mayor parte de las enfermedades que atacan al hombre y principalmente las epidémicas tienen un origen natural, y su causa primera esta en ciertos seres microscópicos que la ciencia denomina microbios. Pues bien, estos pequeños seres, tan perjudiciales en sus efectos, nacen y se desarrollan en la humedad, en las materias pútridas, en los hacinamientos de la población, lo cual sucede en casi todos los países del mundo por lo que respecta al estado actual de las habitaciones para obreros. En todas partes se han hecho curiosísimas observaciones que patentizan la íntima y estrecha proporcionalidad que existe entre las malas condiciones higiénicas de los barrios obreros y la mortalidad y estado sanitario de los pueblos y ciudades. Generalmente las casas de obreros carecen del aire necesario, elemento indispensable para la vida y esto tiene por origen el exceso de densidad, la falta de ventilación, o bien, el gran número de personas que habitan cada pieza en razón de la mucha gente que necesita morada y de la falta y carestía de estas. De suerte que no es raro ver la inmensa mortalidad que se nota en Chile, mortalidad universalmente atribuida a las malas condiciones higiénicas de nuestro bajo pueblo.”(p. 88-89)

Karl Bruner, por su parte, uno de los fundadores del Urbanismo Higienista nacional expresa en la revista “ANALES de la Universidad de Chile” correspondiente al primer trimestre del año 1930 en su artículo titulado “Problemas actuales de Urbanización”[1] indica:

 “Desde no hace mucho tiempo han existido doctrinas muy divergentes y aún contradictorias según el punto de vista, del cual se enfocaban los problemas urbanos modernos en su orientación y finalidad del mismo.

Según ello, ya bien se consideraban los problemas bajo el punto de vista estético –artístico, o como problemas de índole exclusivamente ingenieril y aún en los últimos tiempos y en muchos casos, asuntos de salubridad pública. Cada una de estas doctrinas ha dado sus frutos en diversas partes en la ejecución de obras realizadas bajo su influencia predominante. Las grandes avenidas y plazas representativas de nuestras urbes europeas nos hacen recordar la época memorable de los edificios monumentales, pero durante la cual se olvidaban, por otra parte, de barrios populosos, sin arbitrar medidas para su extensión racional. Y así fue posible la formación de barrios, impregnados del espíritu mercantil de especuladores, y su consecuencia natural, la sobrecongestión populosa de los mismos. Aún los grandes Boulevards monumentales de París rodean en gran parte a los barrios insalubres, que requieren urgentemente un saneamiento racional.

La época que sigue a la monumental, está dominada por el compás y regla del técnico. En ella se olvidó por completo la relación que debe existir entre el hombre y la naturaleza, la necesidad de jardines y campos de deportes y recreo.”

Desde un tiempo relativamente corto, el urbanismo ha logrado hacer una síntesis de todas estas tendencias, y se ha impuesto como una ciencia que abarca los problemas bajo un punto de vista científico.

El Urbanismo actual considera en primer término el aspecto cultural de higiene social de su misión relacionada con los problemas y las necesidades que crea, y en tercer lugar el aspecto artístico-estético, que se esmera en crear un conjunto armónico en el cuadro de la ciudad.”    

Así pues, el Urbanismo, desde su nacimiento y desarrollo hasta la actualidad está ligado al Higienismo que en síntesis, trata de asegurar a toda la población la construcción de viviendas higiénicas y seguras en ciudades sanas.

Problemas como estos deben ser solucionados y la pregunta es ¿Si no es ahora, cuando? ¿Si no somos nosotros, quiénes?

 

LEGISLACIÓN URBANÍSTICA VIGENTE QUE LAS AUTORIDADES SE NIEGAN A RECONOCER Y APLICAN BENEFICIANDO A LAS GRANDES INMOBILIARIAS INCLUIDAS LAS DEDICADAS A LA VIVIENDA SOCIAL (DFL2 Y OTRAS): un poco de información

 

La consagración legal del urbanismo higienista chileno se encuentra actualmente en las siguientes normas:

A)      ARTÍCULO 1° DE LA LGUC:

La actual LGUC en este artículo señala las materias que aborda el Derecho Urbanístico nacional que son la confirmación de las que proponen en su origen el Movimiento Urbanístico Higienista.

Artículo 1°.- Las disposiciones de la presente ley, relativas a planificación urbana, urbanización y construcción , y las de la Ordenanza que sobre la materia dicte el Presidente de la República, regirán en todo el territorio nacional.

Además de lo expresado en el art. 1° debemos agregar que la misma LGUC incluye las viviendas económicas a las que dedica un título completo y cuyo origen remoto es la Ley de Habitaciones Obreras de 1906, de carácter esencialmente higienista.

B)      ARTÍCULO 28 DECIES DE LA LGUC:

La LGUC manifiesta su fundamento higienista en el Art. 28 decies en los siguientes términos:

La planificación urbana es una función pública cuyo objetivo es organizar y definir el uso del suelo y las demás normas urbanísticas de acuerdo con el interés general.[2]

Este artículo agregado al proyecto original de la Ley núm. 21.078 sobre transparencia del mercado del suelo e impuesto al aumento de valor por ampliación del límite urbano, vino a confirmar los postulados más básicos del Derecho Urbanístico Higienista nacional.

En cuanto a su coherencia con su “fundamento higienista”, el art. 28 decies dispone también lo siguiente:

“c)Ajustarse a los principios de sustentabilidad, cohesión territorial y eficiencia energética, procurando que el suelo se ocupe de manera eficiente y combine los usos en un contexto urbano seguro, saludable, accesible universalmente e integrado socialmente.”

Estos tres principios enunciados por el legislador son de carácter higienista, sin embargo, el mismo en este artículo confirma lo señalado cuando dispone que:

“…procurando que el suelo se ocupe de manera eficiente y combine los usos en un contexto urbano seguro, saludable, accesible universalmente e integrado socialmente”.

C)      ARTÍCULO 41 DE LA LGUC:

En materia de planificación urbana comunal, el legislador define lo que debemos entender por Plan Regulador y acá es aún más claro en el “fundamento higienista” de nuestra legislación, cuando dispone en el art. 41 lo siguiente:

“Artículo 41°.- Se entenderá por Planificación Urbana Comunal aquella que promueve el desarrollo armónico del territorio comunal, en especial de sus centros poblados, en concordancia con las metas regionales de desarrollo económico-social.

La planificación urbana comunal se realizará por medio del Plan Regulador Comunal.

El Plan Regulador es un instrumento constituido por un conjunto de normas sobre adecuadas condiciones de higiene y seguridad en los edificios y espacios urbanos, y de comodidad en la relación funcional entre las zonas habitacionales, de trabajo, equipamiento y esparcimiento.

De este modo, el Plan Regulador se refiere a:

1-      Adecuadas condiciones de higiene y seguridad en los edificios.

2-      Adecuadas condiciones de higiene y seguridad en los espacios urbanos.

3-      Comodidad en la relación funcional entre las zonas habitacionales, de trabajo, equipamiento y esparcimiento.

En Chile se explicita la seguridad junto a la higiene por las características propias de nuestro territorio en que son frecuentes los desastres naturales tales como terremotos, desbordamientos de ríos, aluviones, tsunamis y otros similares.

Normar establecidas en la constitución actual

Las normas urbanísticas resultan ser limitaciones al derecho de dominio por razones de salubridad y por eso deben hacerse por ley. Esto queda claramente establecido en la actual CPE:

Artículo 19.- La Constitución asegura a todas las personas:

“24º.- El derecho de propiedad en sus diversas especies sobre toda clase de bienes corporales o incorporales.

Sólo la ley puede establecer el modo de adquirir la propiedad, de usar, gozar y disponer de ella y las limitaciones y obligaciones que deriven de su función social. Esta comprende cuanto exijan los intereses generales de la Nación, la seguridad nacional, la utilidad y la salubridad públicas y la conservación del patrimonio ambiental.”

Por su parte el artículo 25.1 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas, de 1948 establece:[3]

 Artículo 25

 1. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.”

También se consagra en el Art.11 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales: [4]

“Artículo 11

 1. Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado para sí y su familia, incluso alimentación, vestido y vivienda adecuados, y a una mejora continua de las condiciones de existencia. Los Estados Partes tomarán medidas apropiadas para asegurar la efectividad de este derecho, reconociendo a este efecto la importancia esencial de la cooperación internacional fundada en el libre consentimiento."

Normas equivalentes establecidas en la nueva constitución

El actual borrador de proyecto de nueva constitución chilena también sigue el mismo proceso histórico:

Artículo 51

1. Toda persona tiene el derecho a una vivienda digna y adecuada, que permita el libre desarrollo de una vida personal, familiar y comunitaria.

2. El Estado tomará las medidas necesarias para asegurar su goce universal y oportuno, contemplando, a lo menos, la habitabilidad, el espacio y equipamiento suficientes, doméstico y comunitario, para la producción y reproducción de la vida, la disponibilidad de servicios, la asequibilidad, la accesibilidad, la ubicación apropiada, la seguridad de la tenencia y la pertinencia cultural de las viviendas, conforme a la ley.

3. El Estado podrá participar en el diseño, la construcción, la rehabilitación, la conservación y la innovación de la vivienda. Considerará particularmente en el diseño de las políticas de vivienda a personas con bajos ingresos económicos o pertenecientes a grupos de especial protección.

4. El Estado garantiza la creación de viviendas de acogida en casos de violencia de género y otras formas de vulneración de derechos, según determine la ley.

5. El Estado garantiza la disponibilidad del suelo necesario para la provisión de vivienda digna y adecuada. Administra un Sistema Integrado de Suelos Públicos con facultades de priorización de uso, de gestión y disposición de terrenos fiscales para fines de interés social, y de adquisición de terrenos privados, conforme a la ley. Asimismo, establecerá mecanismos para impedir la especulación en materia de suelo y vivienda que vaya en desmedro del interés público, de conformidad con la ley.

Artículo 52

1. El derecho a la ciudad y al territorio es un derecho colectivo orientado al bien común y se basa en el ejercicio pleno de los derechos humanos en el territorio, en su gestión democrática y en la función social y ecológica de la propiedad.

2. En virtud de ello, toda persona tiene derecho a habitar, producir, gozar y participar en ciudades y asentamientos humanos libres de violencia y en condiciones apropiadas para una vida digna.

3. Es deber del Estado ordenar, planificar y gestionar los territorios, las ciudades y los asentamientos humanos; así como establecer reglas de uso y transformación del suelo, de acuerdo con el interés general, la equidad territorial, sostenibilidad y accesibilidad universal.

4. El Estado garantiza la protección y el acceso equitativo a servicios básicos, bienes y espacios públicos; la movilidad segura y sustentable; la conectividad y seguridad vial. Asimismo, promueve la integración socioespacial y participa en la plusvalía que genere su acción urbanística o regulatoria.

5. El Estado garantiza la participación de la comunidad en los procesos de planificación territorial y políticas habitacionales. Asimismo, promueve y apoya la gestión comunitaria del hábitat. “

 

Todo lo expuesto en cuanto al origen y razón de ser de nuestro urbanismo aparece latamente explicado en el libro publicado recientemente por el abogado Rodrigo Valdés Alé titulado “La influencia de las pandemias en el Derecho Urbanístico chileno (2021) “[5] publicado por la Editorial Sacabana desarrollada por destacadas arquitectas de nuestra comuna.

En consecuencia el Municipio de Ñuñoa a través de sus funcionarios falló en la aplicación de la ley, han generado un atentado contra la salud de los habitantes de Ñuñoa tanto física como mental. Es la necesidad de salud la que determina las alturas, rasantes, distanciamiento, antejardines, etc.

Ahora que hemos sido afectados por la pandemia COVID 19 nos resulta fácil entender por qué se establecen distanciamientos y que hubiera pasado si no tuviéramos viviendas sociales, agua potable, alcantarillado, consultorios, ministerio de salud, vivienda y demás instituciones y servicios públicos calificado de “grasa” por los altaneros ideólogos neoliberales de izquierda y derecha.

La corrupción y errores funcionarios en el ámbito de la vivienda y urbanismo nos ha llevado a calificar la ciudad de Santiago como una forma de verdadera zona de sacrificio en la cual los periodos de pre emergencia y emergencia se han hecho recurrentes y las pandemias se hacen más virulentas e incontrolables.



[1] Brunner, Karl. “PROBLEMAS ACTUALES DE URBANIZACIÓN”. Anales de la Universidad de Chile. Santiago: Imp. Del Pacífico, 1846- v., 2ª serie, año 8, (primer trimestre 1930), p. 9-40. Recuperado el 6 de noviembre del año 2020.

[2] Esta declaración nos recuerda inevitablemente la Carta de Atenas que señalaba: El interés privado será subordinado al interés colectivo. C.I.A.M. CARTA DE ATENAS. 1931. Web UNESCO Recuperado el 6 de noviembre del año 2020, http://webcache.googleusercontent.com/search?q=cache:IWIJuAzRBnQJ:www.lacult.unesco.org/docc/cartaatenas1931.doc+&cd=11&hl=es-419&ct=clnk&gl=cl

[3] Declaración Universal de Derechos Humanos. Recuperado el 5 de noviembre del año 2020m. Ley Chile: https://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=1000396

[4] Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, adoptado por la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas el 19 de diciembre de 1966, suscrito por Chile el 16 de septiembre de 1969. Recuperado el 5 de noviembre del año 2020m. Ley Chile: https://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=12382