- SEREMI, ante una presentación de nuestra organización declaró fuera de norma también este permiso e instruye corregir al DOM de Ñuñoa, entre otras el estudio de sombras.
- Recurso de Protección no se pronuncia en el fondo, por no tener idoneidad técnica, pero reconoce que el acceso solar si afecta el derecho de propiedad.
Como recordamos este es el permiso emblemático del
último tiempo otorgado por el DOM del Municipio, que incluye una serie de
irregularidades, como contemplar una calle imaginaria, casetas de gran
magnitud, adosamientos inexistentes para aumentar artificialmente la sombra del
volumen teórico y no contabilizar sombras del proyecto en la vía pública, entre
otras.
El SEREMI, superior jerárquico del DOM en materias técnicas
al analizar este proyecto, concluyó que a pesar de estar en su fase de
construcción, el Permiso de Edificación no se ajusta a derecho, con lo cual el
Director de Obras Municipales deberá tomar las medidas necesarias tendientes a
regularizar dicha situación.
La Seremi determinó que los puntos donde este
edificio claramente vulnera las normas son:
- Estudios de sombra mal hechos (Nota: lo cual perjudica a todos los vecinos colindantes directamente en su derecho de propiedad).
- Los subterráneos están a menor distancia de los predios vecinos que lo establecido por las normas (Nota: lo cual entre otros problemas generó que al menos 2 propiedades colindantes sufrieran daños en sus muros medianeros, en una se está reconstruyendo el muro totalmente).
- El piso mirador ocupará el 100% de la superficie de la última planta del edificio, cuando debiera sólo ocupar el 20%.
Todavía persiste el problema de los antejardines
que la SEREMI sigue interpretando de manera extensiva, cuando debiera ser una
interpretación restrictiva por parte de la DOM y la SEREMI, al ser normas de
derecho público.
Para trabajar en este sentido solicitaremos la
participación del grupo de abogados para que nos ayuden a aclarar el tema
normativo, pues el asunto de interpretar correctamente las normas se aleja de
la materia arquitectónica resultando una materia casi completamente jurídica.
Se les invita a leer el oficio de la SEREMI donde
queda en evidencia el problema de interpretación de la norma aplicable en
cuanto a antejardines en la zona Z-4m, pues la SEREMI interpreta que al no
existir norma aplicable las edificaciones
pueden hacer lo que quieran, la interpretación restrictiva propia de una
norma de derecho público implica que al existir estos vacíos simplemente no se
puede aplicar.
El fallo de la corte de apelaciones salió casi
simultáneo con el oficio del SEREMI, pero el fallo no se pronunció en el fondo,
debido a que el determinar si un estudio de sombras está bien hecho o no, ellos
indican que como corte no tienen las
capacidades para determinarlo, pero sí reconocen que el tema del acceso solar
afecta directamente el derecho de propiedad.
Los
vecinos deben evaluar ahora qué acciones realizar, si seguir con el recurso de
protección o continuar con el reclamo de ilegalidad, recordemos que los vecinos
afectados hicieron presentaciones paralelas y casi simultáneas a través de un
recurso de protección y un reclamo de ilegalidad que todavía el Municipio no
responde, o iniciar acciones civiles contra el DOM, Municipio o contra quienes
estimen responsables.
Sombra sobre Predios Vecinos |
Probablemente
los vecinos deberán observar lo que hará el DOM al corto plazo con lo que le
está solicitando el SEREMI, antes de tomar una decisión de las acciones a
seguir.
Si
recapacitan y hacen acciones concretas para enmendar los problemas y el DOM deja
de hacer interpretaciones extensivas de la norma que siempre van en perjuicio
de los derechos de los vecinos de años de la zona Z-4M, los vecinos seguramente
dejarán hasta aquí el asunto.
Por
el contrario, si se sigue con el no cumplimiento de las normas o se mantiene la
interpretación extensiva de éstas, los vecinos con seguridad sabrán hacer valer
sus derechos.
- Ver oficio Nº 2173 de la SEREMI declarando fuera de norma el Permiso, de fecha 19 de mayo de 2015. Abrir aquí.
- Ver Carta enviada al SEREMI por esta organización pidiendo el pronunciamiento del SEREMI y que generó esta nueva declaración de fuera de norma del referido proyecto. Abrir aquí.
- Fallo
de la sala 12º sala de la Corte de Apelaciones, de fecha 20 de mayo de 2015.
Abrir aquí.