Esta noticia a pesar de lo relevante que es para la bien común, no aparece en la prensa y sus efectos se discute en nuestra sociedad
entre 4 paredes.
HISTORIA
En 2004, a través de la
Ley Nº 19.939, el Congreso modificó la Ley General de Urbanismo y
Construcciones (LGUC) para fijar una caducidad de las afectaciones de utilidad pública existentes
en las ciudades y en general en las vías de Chile, afectaciones de utilidad pública que estaban
pensadas para facilitar la ampliación de calles, optimizar la red vial y realizar
conexiones de calles inconclusas, de manera de facilitar la conectividad y la
movilización de las personas. En resumen esto permitió dar permisos de
edificación donde antes no se podían otorgar, ya que eran franjas de terreno
dedicadas al bien común de la sociedad.
Todo esto promocionado
por un mal entendido fomento a las construcciones nuevas, a través de un
perjuicio directo a la sociedad.
En 2009, a través de la
Ley Nº 20.331 conscientes de los problemas que lo establecido en la ley Nº
19.939 acarrearía, se prorrogó la entrada en vigencia de las caducidades de las
afectaciones de utilidad pública de la ley 19.939 hasta el 12 de febrero de
2010, de manera de mitigar los efectos negativos de la caducidad de las franjas
de utilidad pública y tratando de permitir que los proyectos de mejora a
realizarse en su mayoría por la pesada máquina de la Administración Pública, se
pudieran realizar antes del 12 de febrero de 2010.
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Primeros Esfuerzos de Ordenar y Planificar |
Es así como a partir del
12 de febrero de 2010, irónicamente coincidente con la fecha de fundación de
Santiago, se caducan las afectaciones de utilidad pública, negando las
necesidades de orden, planificación y de coordinación de la actividad del ser humano
que llevaron a su definición. Permitiendo entonces construir a la orilla de
calles, en esquinas emblemáticas y en áreas reservadas para otros fines, en
resumen perjudicando la calidad de vida de los habitantes de todas las ciudades
o asentamientos humanos en todo el país.
Sólo 4 años bastaron para
apreciar el daño que hizo esta ley con su torpe experimento, con fecha 29 de
octubre de 2014 el Congreso derogó la desafección por sólo caducidad de las afectaciones
de utilidad pública que establecía la ley 19.939, dictando la ley 20.791, que
repuso las afectaciones de utilidad pública que regían antes de la nefasta
norma.
La nueva ley 20.791 que
intenta mitigar los errores generados por la ley 19.939, estableció un periodo
transitorio de 6 meses que vence este 29 de abril de 2015, para que cada
Municipio revise estas afectaciones de utilidad pública que volvieron a tener vigencia
automáticamente a partir del 29 de octubre del 2014 y pueda desafectarlas, es
decir, dejen de ser afectaciones de utilidad pública.
LA
ACTUALIDAD EN ÑUÑOA
En la sesión del martes 7 de abril de 2015 del Concejo Municipal, a sólo 22 días del vencimiento del período transitorio, se propuso por
parte de la Asesora Urbanista del Municipio de Ñuñoa, derogar las afectaciones
de utilidad pública a las calles:
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Emilia Téllez
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Av. P de Valdivia
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Av. Grecia
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19 de Abril
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Miguel de Cervantes
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Los Alerces
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Nueva Los Alerces
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Las Juntas de Vecinos y
Organizaciones Ciudadanas del Sector Norte de Ñuñoa, muy sensibles por estos
temas ya que han vivido en carne propia las políticas urbanísticas que se
promueven desde ciertos cargos del Municipio, se preocuparon y enviaron al Concejo Municipal una carta haciendo ver lo que piensan estas organizaciones con
respecto a ciertas afectaciones de utilidad pública que se están proponiendo
dejar sin efecto, aprovechando el período transitorio que generó la nueva ley,
período transitorio que vence este 29 de abril de 2015.
La carta
fue leida por la vecina y Concejala Paula Mendoza al Concejo Municipal en Hora de
Incidentes.
Si quieres ver la carta
enviada al concejo, puedes hacer click en este link. Ver Carta.
Esta carta solicita al
menos mantener la afectaciones de utilidad pública de las siguientes calles:
Casos donde se debe mantener la afectación de utilidad pública
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Argumentos para mantener la Afectación de
Utilidad Pública
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Emilia Téllez, borde Sur del tramo entre Celerino
Pereira y Hamburgo, ya que el sector norte se propone mantener su afectación.
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Para volver hace click fuera de la imagen |
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Es indudable que se debe mantener la afectación en
ambos lados de la calle, pues la Calle E. Téllez, que se inicia en A.
Vespucio y termina en E. Parada, en todo su tramo es una calle ancha, salvo
en ese sector, donde se estrangula.
Por otra parte, esa calle será una de las salidas/entrada de la Autopista
Vespucio Oriente (AVO) lo que implicará que será una calle con mayor flujo
vehicular.
Si bien es cierto, que en el lado sur de la calle
se encuentran edificios que complican en el corto plazo una futura ampliación
de la vía, esta falta de planificación que resultó en su momento, no debe
obstar para que se mantenga a futuro una ampliación simétrica hacia ambos
lados de la vía.
Es importante destacar que la esquina de Hamburgo
con Emilia Téllez, es hoy en día por defectos de diseño, una esquina donde
habitualmente existen accidentes de tránsito.
Otro argumento importante que no fue considerado
en el análisis que propone su desafectación, radica en que por esta calle
circula locomoción colectiva del Transantiago.
Tampoco el análisis se hace cargo que la ciclovía
existente en Emilia Téllez, termina abruptamente en ese sector de la calle,
pues el ancho actual no permite un diseño adecuado.
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Pedro de Valdivia, esquina Nor Oriente de Av.
Grecia
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Se debe mantener su afectación, dado que es una
esquina saturada de tránsito, que en el corto plazo permitirá dar solución a
temas de locomoción colectiva, proximidad de estación del Metro y su relación
con el Estadio Nacional, con un gran aumento de locomoción colectiva y
peatones.
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Av. Grecia esquina de José Pedro Alessandri
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Es evidente que se debe mantener su afectación, ya
que no se puede permitir construir en esa esquina, que es tremendamente
conflictiva y donde es necesario tener espacio para futuras soluciones
viales.
Son conocidos los problemas de congestión
vehicular producto del Mall existente, la proximidad del pedagógico y el
flujo vehicular existente de ambas avenidas: Grecia y Macul.
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Calle Miguel de Cervantes
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Los argumentos como fundamento para hacer la
desafectación no son suficientes, ya que se basan en el sentido hipotético
del tránsito de una calle inexistente. Argumento que bien puede concluir lo
contrario si el hipotético sentido de la calle se invierte.
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También solicitaron que en estas decisiones que alteran dramáticamente la
red vial de la comuna, es imprescindible que en los estudios para desafectar
espacios de utilidad pública, se consideren aspectos importantes que no se
aprecian en los estudios del Municipio, como es el caso de: Cambios en el
Transporte público, construcción de autopistas, paraderos de locomoción
colectiva, construcciones de nuevas
redes de Metro, construcciones de nuevas ciclovías, entre otras.
Este 14 de abril de 2015, antes de comenzar el
Concejo Municipal, en vista de esta carta y otras consultas de los vecinos, los
concejales decidieron dejar para el siguiente Concejo la votación de este
asunto.
Continuará ..............